¿Sabías qué?...


Con la entrada en vigor del T-MEC el pasado 1 de julio del 2020, se ha eliminado el formato de certificación de origen para otorgar un trato arancelario preferencial. ¡Así es! Se permite que se presente en factura o en cualquier otro documento comercial, siempre que se declaren datos mínimos de información, conforme a lo establecido en el Anexo 5-A del Capítulo 5 del T-MEC.

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