T-MEC y el medio ambiente

 

En la medida en la que las acciones del ser humano han generado un deterioro en las condiciones del planeta y que esto ha repercutido de manera negativa y palpable en la salud y la vida de las personas alrededor del mundo, la conservación del medio ambiente ha cobrado una gran relevancia, avanzando lenta pero constantemente hasta colocarse en el centro del debate en el escenario internacional. Para México la importancia del tema es tal que, de acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores, a la fecha, México ha celebrado más de 70 Acuerdos Internacionales relacionados a la protección del medio ambiente.

Hablando sobre comercio internacional tenemos que la obtención de recursos, la producción y el transporte de las mercancías son procesos que innegablemente tienen un impacto directo sobre el medio ambiente. Sin embargo, la relación que guardan las actividades comerciales internacionales con el medio ambiente es aún, en muchos casos, un terreno inexplorado. No obstante, esta situación no se genera debido a la falta de literatura referente al tema. Por el contrario, año con año se multiplican las publicaciones que buscan abordar la relación que guardan estos temas, dada la importancia de los mismos.

Diversas razones podrían explicar la renuencia de algunos gobiernos, empresas y organismos internacionales para abordar las implicaciones que las actividades comerciales tienen sobre el medio ambiente, pero el centro del debate es que existe una noción de que la implementación de políticas ambientales podría generar obstáculos para el pleno funcionamiento de las Cadenas Globales de Valor o, más alarmante aún, en la facultad de los Estados de utilizar de manera discrecional los recursos a su disponibilidad; por lo que, en muchos sentidos, continúa siendo considerado como un tema sumamente sensible para los países.

Si bien es cierto que actualmente la Organización Mundial del Comercio (OMC), el máximo organismo regulador del comercio internacional, reconoce la relación entre el comercio y medio ambiente como ámbito de su competencia y cuenta con un Comité que revisa estos temas, la realidad es que las discusiones al interior tienden a ser superfluas y constantemente se redirigen hacia los organismos de Naciones Unidas.

Ante esta situación resulta digno de reconocimiento que algunos países hayan decidido por voluntad propia incorporar en sus Acuerdos de Libre Comercio disposiciones específicas para abordar el tema de medio ambiente, y el Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) no es la excepción.

Como es bien sabido, el T-MEC incorpora en su haber una serie de capítulos nuevos respecto al contenido original del Tratado Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Parte de estos capítulos corresponden a los temas considerados “de nueva generación”, así llamados porque van más allá de las disposiciones que tradicionalmente forman parte de los de los tratados de libre comercio y uno de estos capítulos es el referente al medio ambiente.

Lo que no mucha gente recuerda es que esta no es la primera vez que los tres países de América del Norte deciden trabajar conjuntamente sobre estos temas. En el marco de las negociaciones originales del TLCAN se negociaron un par de Acuerdos Paralelos para tratar temas específicos que, de acuerdo con la definición entonces aceptada de un tratado de libre comercio, no podían formar parte del cuerpo del tratado pero que, dada su importancia, era necesario dotar de un marco jurídico. Esto dio pie a la creación del Acuerdo de Cooperación Ambiental entre Canadá, Estados Unidos y México.

De igual forma, esta tampoco es la primera ocasión que México se incorpora a un acuerdo de libre comercio que incluya un apartado dedicado especialmente a tratar temas relacionados con el medioambiente, pues tanto en el Tratado de Integración Progresista Transpacífico (TIPAT) como en el Tratado modernizado con la Unión Europea (TLCUEM modernizado) se incluyeron capítulos que plantean dicho tema;  sin embargo, tal como se observa en el Anexo, el capítulo del T-MEC resulta el más ambicioso, a la fecha.

En principio, el articulado del capítulo es significativamente más extenso que el de los otros dos Tratados y desde un inicio establece que las políticas ambientales y de comercio deben trabajar conjuntamente, teniendo como objetivo promover mayores niveles de protección ambiental. Asimismo, utiliza un lenguaje muy similar al observado en los capítulos de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias u Obstáculos Técnicos al Comercio, para establecer que los países no deberán implementar o usar las leyes medioambientales para inhibir o restringir el comercio o la inversión entre los miembros del Tratado.

El capítulo retoma algunas disposiciones previamente negociadas por México como la protección a la capa de ozono, la biodiversidad, el comercio de especies exóticas, o la gestión forestal sostenible. Asimismo, encontramos disposiciones nuevas o más ambiciosas para tratar temas como la calidad del aire, la basura marina y la gestión forestal sostenible.

Las incorporaciones más notables, respecto a los capítulos negociados en el TIPAT y el TLCUEM modernizado, podemos observarlas en los temas relacionados con el cuidado de los recursos marinos dado que se agregaron disposiciones especiales relativas al manejo sostenible de pesquerías, las subvenciones a la pesca y la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada. Estas cuestiones forman parte de los temas que actualmente se negocian en el Acuerdo sobre Pesquerías en el seno de la OMC, lo que muestra la disposición de los tres países por regular dichos temas.

Ahora bien, no hay que perder de vista que aún cuando este capítulo puede ser sometido al procedimiento de solución de controversias, un buen número de las disposiciones en materia ambiental contenidas en el T-MEC forman parte del grupo de “disposiciones de buena voluntad”, es decir, fueron redactadas con un lenguaje que invita a los países a cumplir a cabalidad las obligaciones contraídas, pero no necesariamente los obliga. Ante esta situación la participación de la sociedad civil y de las propias autoridades de los tres países será fundamental para monitorear y velar por que se cumplan los compromisos adquiridos en el Acuerdo.

Lo anterior no demerita la importancia del capítulo, por el contrario su inclusión como parte del texto del T-MEC, y de cualquier otro acuerdo comercial, radica en el reconocimiento de que un medio ambiente sustentable es fundamental para alcanzar un desarrollo sostenible.

Fuente:

Cepal. (2020). Comercio y medio ambiente en México y Centroamérica: un reto de supervivencia. Octubre 11 , 2020, de Cepal Sitio web: https://www.cepal.org/es/publicaciones/3235-comercio-medio-ambiente-mexico-centroamerica-un-reto-supervivencia


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