T-MEC y el medio ambiente
En la medida en la que las
acciones del ser humano han generado un deterioro en las condiciones del
planeta y que esto ha repercutido de manera negativa y palpable en la salud y
la vida de las personas alrededor del mundo, la conservación del medio ambiente
ha cobrado una gran relevancia, avanzando lenta pero constantemente hasta
colocarse en el centro del debate en el escenario internacional. Para México la
importancia del tema es tal que, de acuerdo con la Secretaría de Relaciones
Exteriores, a la fecha, México ha celebrado más de 70 Acuerdos Internacionales
relacionados a la protección del medio ambiente.
Hablando sobre comercio
internacional tenemos que la obtención de recursos, la producción y el
transporte de las mercancías son procesos que innegablemente tienen un impacto
directo sobre el medio ambiente. Sin embargo, la relación que guardan las
actividades comerciales internacionales con el medio ambiente es aún, en muchos
casos, un terreno inexplorado. No obstante, esta situación no se genera debido
a la falta de literatura referente al tema. Por el contrario, año con año se
multiplican las publicaciones que buscan abordar la relación que guardan estos
temas, dada la importancia de los mismos.
Diversas razones podrían
explicar la renuencia de algunos gobiernos, empresas y organismos
internacionales para abordar las implicaciones que las actividades comerciales
tienen sobre el medio ambiente, pero el centro del debate es que existe una
noción de que la implementación de políticas ambientales podría generar
obstáculos para el pleno funcionamiento de las Cadenas Globales de Valor o, más
alarmante aún, en la facultad de los Estados de utilizar de manera discrecional
los recursos a su disponibilidad; por lo que, en muchos sentidos, continúa
siendo considerado como un tema sumamente sensible para los países.
Si bien es cierto que
actualmente la Organización Mundial del Comercio (OMC), el máximo organismo
regulador del comercio internacional, reconoce la relación entre el comercio y
medio ambiente como ámbito de su competencia y cuenta con un Comité que revisa
estos temas, la realidad es que las discusiones al interior tienden a ser
superfluas y constantemente se redirigen hacia los organismos de Naciones
Unidas.
Ante esta situación resulta
digno de reconocimiento que algunos países hayan decidido por voluntad propia
incorporar en sus Acuerdos de Libre Comercio disposiciones específicas para
abordar el tema de medio ambiente, y el Tratado México, Estados Unidos y Canadá
(T-MEC) no es la excepción.
Como es bien sabido, el T-MEC
incorpora en su haber una serie de capítulos nuevos respecto al contenido
original del Tratado Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Parte de
estos capítulos corresponden a los temas considerados “de nueva generación”,
así llamados porque van más allá de las disposiciones que tradicionalmente
forman parte de los de los tratados de libre comercio y uno de estos capítulos
es el referente al medio ambiente.
Lo que no mucha gente recuerda
es que esta no es la primera vez que los tres países de América del Norte
deciden trabajar conjuntamente sobre estos temas. En el marco de las
negociaciones originales del TLCAN se negociaron un par de Acuerdos Paralelos
para tratar temas específicos que, de acuerdo con la definición entonces
aceptada de un tratado de libre comercio, no podían formar parte del cuerpo del
tratado pero que, dada su importancia, era necesario dotar de un marco
jurídico. Esto dio pie a la creación del Acuerdo de Cooperación Ambiental entre
Canadá, Estados Unidos y México.
De igual forma, esta tampoco
es la primera ocasión que México se incorpora a un acuerdo de libre comercio
que incluya un apartado dedicado especialmente a tratar temas relacionados con
el medioambiente, pues tanto en el Tratado de Integración Progresista Transpacífico
(TIPAT) como en el Tratado modernizado con la Unión Europea (TLCUEM
modernizado) se incluyeron capítulos que plantean dicho tema; sin embargo, tal como se observa en el Anexo,
el capítulo del T-MEC resulta el más ambicioso, a la fecha.
En principio, el articulado
del capítulo es significativamente más extenso que el de los otros dos Tratados
y desde un inicio establece que las políticas ambientales y de comercio deben
trabajar conjuntamente, teniendo como objetivo promover mayores niveles de
protección ambiental. Asimismo, utiliza un lenguaje muy similar al observado en
los capítulos de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias u Obstáculos Técnicos al
Comercio, para establecer que los países no deberán implementar o usar las
leyes medioambientales para inhibir o restringir el comercio o la inversión
entre los miembros del Tratado.
El capítulo retoma algunas
disposiciones previamente negociadas por México como la protección a la capa de
ozono, la biodiversidad, el comercio de especies exóticas, o la gestión
forestal sostenible. Asimismo, encontramos disposiciones nuevas o más
ambiciosas para tratar temas como la calidad del aire, la basura marina y la
gestión forestal sostenible.
Las incorporaciones más
notables, respecto a los capítulos negociados en el TIPAT y el TLCUEM
modernizado, podemos observarlas en los temas relacionados con el cuidado de
los recursos marinos dado que se agregaron disposiciones especiales relativas
al manejo sostenible de pesquerías, las subvenciones a la pesca y la pesca
ilegal, no declarada y no reglamentada. Estas cuestiones forman parte de los
temas que actualmente se negocian en el Acuerdo sobre Pesquerías en el seno de
la OMC, lo que muestra la disposición de los tres países por regular dichos
temas.
Ahora bien, no hay que perder
de vista que aún cuando este capítulo puede ser sometido al procedimiento de
solución de controversias, un buen número de las disposiciones en materia
ambiental contenidas en el T-MEC forman parte del grupo de “disposiciones de
buena voluntad”, es decir, fueron redactadas con un lenguaje que invita a los
países a cumplir a cabalidad las obligaciones contraídas, pero no
necesariamente los obliga. Ante esta situación la participación de la sociedad
civil y de las propias autoridades de los tres países será fundamental para
monitorear y velar por que se cumplan los compromisos adquiridos en el Acuerdo.
Lo anterior no demerita la
importancia del capítulo, por el contrario su inclusión como parte del texto
del T-MEC, y de cualquier otro acuerdo comercial, radica en el reconocimiento
de que un medio ambiente sustentable es fundamental para alcanzar un desarrollo
sostenible.
Fuente:
Cepal. (2020). Comercio y medio ambiente en México y Centroamérica: un reto de supervivencia. Octubre 11 , 2020, de Cepal Sitio web: https://www.cepal.org/es/publicaciones/3235-comercio-medio-ambiente-mexico-centroamerica-un-reto-supervivencia
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